Vivienda habitual: la clave para exenciones irpf mayores 65 años
Un revés para muchos jubilados. La Agencia Tributaria endurece los requisitos para obtener la exención del IRPF en la venta de la vivienda habitual a los mayores de 65 años, generando incertidumbre entre quienes planean vender su propiedad.

La residencia efectiva: más allá del empadronamiento
La Dirección General de Tributos (DGT) ha dejado claro, a través de una consulta vinculante de marzo de 2025, que el simple hecho de estar empadronado no es suficiente para acceder a esta exención fiscal, prevista en el artículo 33.4.b de la Ley del IRPF. La clave reside en demostrar una residencia efectiva y continuada durante al menos tres años previos a la venta.
El caso que ha puesto en tela de juicio la situación de muchos es el de una mujer que, tras heredar parte de una vivienda en 2021 y adquirir el resto en 2022, se empadronó el mismo año tras vender su anterior residencia. Su solicitud de exención fue denegada, argumentando que no había cumplido el requisito temporal de residencia. El artículo 41 bis del Reglamento del IRPF exige una residencia